Martes, 14 de Mayo de 2024

Se extendió el plazo de acreditación para el Progresar

La ANSeS modificó los plazos e indicó que hay tiempo hasta el último día hábil de julio para acreditar la asistencia a la escuela o centro de capacitación laboral y acceder a la percepción del 20 por ciento acumulado.

03-07-2015


La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) comunicó que hay tiempo hasta el último día hábil de julio para acreditar la asistencia a escuela o centro de capacitación laboral correspondiente a la última parte del año pasado y acceder a la percepción del 20 por ciento acumulado, una decisión establecida vía la prórroga de la Resolución D.E. N° 317/2015.

La fecha límite anterior era hasta fines de mayo pero la cartera previsional la estiró dos meses más.

De esta manera, el formulario PS.2.68 -"Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación"- presentado ante la ANSeS con anterioridad al 1° de agosto dará derecho a la percepción del 20 por ciento reservado por la segunda parte del 2014, es decir, los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

Cabe señalar que durante el año pasado, por comparación, la acreditación tenía que realizarse en marzo, julio y noviembre, situación modificada por el Decreto 505/2015. Este último establece que -a partir de marzo- el mismo procedimiento tiene que llevarse a cabo en agosto y diciembre de cada año en total.

Para acreditar la escolaridad, cobrar el 20 por ciento y continuar en el plan Progresar, hace falta demostrar la asistencia de forma regular tanto a la escuela como el centro de capacitación laboral que fuere, completando el formulario online en progresar.anses.gob.ar y, una vez cumplimentado, subir el formulario a través de la misma página web o presentarlo en cualquier oficina de la ANSeS previa solicitud en www.anses.gob.ar o llamando a la línea gratuita 130.

Más detalles de la ANSeS:

Cómo acreditar la escolaridad

Para cobrar el 20% acumulado y continuar en PROGRESAR, se debe acreditar la asistencia de forma regular a la escuela o al centro de capacitación laboral. Para cumplir con ello, hay completar el formulario online en progresar.anses.gob.ar y luego llevarlo a la escuela o centro de capacitación laboral para lo firmen y sellen. Una vez cumplimentado, se puede subir el formulario a través de la misma página web o presentarlo en cualquier oficina de la ANSES, previa solicitud de turno a través de www.anses.gob.ar o llamando al número gratuito 130.

Cuándo presentar el certificado

La asistencia a una entidad educativa avalada por el Ministerio de Educación, o a Centros de Formación acreditados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), se presentará en los meses de agosto y diciembre de cada año.

En el caso del Nivel Terciario o Universitario, el requisito de escolaridad se considera cumplido con la mera acreditación de la inscripción, siempre y cuando se cumpla, posteriormente, con las normas sobre regularidad que rigen la materia.

Para acceder a la percepción del 20% correspondiente al último tramo, el Ministerio de Educación informará a la ANSES la nómina de titulares que cumplieron con la aprobación de una cantidad mínima de materias.

La falta de presentación del Formulario "Acreditación de Escolaridad" ocasiona que se suspenda el pago de PROGRESAR; si se presenta fuera de los plazos, se reanuda el cobro del 80% mensual a partir del mes posterior a la presentación, pero se pierde el derecho al cobro retroactivo.


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